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Noticias

JURA DE NACIONALIDAD ESPAÑOLA ANTE NOTARIOS

Según acuerdo de colaboración que fue suscrito día 2 de abril de 2013 entre Mº de Justicia y el Consejo General del Notariado se procedió a la encomienda de las juras de nacionalidad española a los notarios. Es una de las medidas del Plan Intensivo de expedientes de Nacionalidad Española. El Consejo General del Notariado ha habilitado la siguiente web (http://nacionalidad.notariado.org ) VER PROCESO de jura de nacionalidad ante notario

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El Gobierno dará la residencia a los extranjeros que compren viviendas en España

El Gobierno dará la residencia a los extranjeros que compren viviendas en España

Este plan obliga a Exteriores a agilizar los trámites de visado para aquellos extranjeros que lo necesitan para entrar en España y a simplificar los requisitos de entrada cuando no sea exigida la visa. García-Margallo, ministro de Exteriores ha explicado que se están acelerando los permisos de residencia para los extranjeros que adquieren propiedades inmobiliarias en España, viviendas cuyo destino es difícil de colocar sin demanda exterior.

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Consulta legal Renovacion de residencia con cambio de domicilio (empadronamiento)

Consulta legal Renovacion de residencia con cambio de domicilio (empadronamiento)

  Consulta legal:. Buenos dias. Acabo de registrarme a vuestro boletin, y quisiera hacer una consulta: Soy español, y mi novia guineana. Lleva mas de 6 años en España. Fue traida por su madre (arraigo) que tiene nacionalidad española. Hasta ahora ha venido renovando su residencia alegando medios de vida de su madre y empadronamiento con la madre (usando el reg. De la propiedad de la casa de su madre).

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Consulta Legal Conseguir la nacionalidad española por mis abuelos

Consulta Legal Conseguir la nacionalidad española por mis abuelos

Consulta legal: Hola mis abuelos por parte de madre nacieron en españa y querría sacar la ciudadanía española tengo los pasaportes originales cuando entraron al país pero llame a la embajada española y me dijeron que el plazo ya había vencido el 27 de diciembre del 2011.

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GUÍAS LEGALES

 

LA CONDICION DE REFUGIADO:
COMO OBTENER EL ASILO POLITICO

foto refugiadosA finales de 2013 más de 45 millones de personas se desplazaron forzosamente de sus Paises de origen, tres millones más que el año anterior. La mitad de los refugiados proceden de cinco Estados afectados por conflictos armados: Afganistán, Irak, Somalia, Siria  y Sudán.

A la luz de la Convencion sobre el Estatuto de los Refugiados de Ginebra, la condición de refugiado se reconoce a toda persona que debido a fundados temores de ser perseguida por motivos de raza, religión, nacionalidad, opiniones políticas, pertenencia a determinado grupo social, de género u orientación sexual, se encuentra fuera del país de su nacionalidad y no puede o, a causa de dichos temores no quiere acogerse a la protección de tal país; o al apátrida que careciendo de nacionalidad y hallándose fuera del país donde antes tuviera su residencia habitual, por los mismos motivos no puede o a causa de dichos temores, no quiere regresar a él.

De  este modo el solicitante debe acreditar que se encuentra perseguido en su propio Pais de origen.

Los referidos actos de persecución podrán recubrir las siguientes formas:
a) actos de violencia física o psíquica, incluidos los actos de violencia sexual;
b) medidas legislativas, administrativas, policiales o judiciales que sean discriminatorias en sí mismas o que se apliquen de manera discriminatoria;
c) denegación de tutela judicial de la que se deriven penas desproporcionadas o discriminatorias;
d) actos de naturaleza sexual que afecten a adultos o a niños.

Cabe la concesión del derecho a la proteccion subsidaria en los supuestos en los que se producen daños graves por:
• la condena a pena de muerte o el riesgo de su ejecución material;
•la tortura y los tratos inhumanos o degradantes en el país de origen del solicitante;
•las amenazas graves contra la vida o la integridad de los civiles motivadas por una violencia indiscriminada en situaciones de conflicto internacional o interno.

La solicitud de asilo en España debe presentarse en el plazo de un mes a contar desde la entrada en el mismo, salvo en los supuestos en que el extranjero disfrute de un período de estancia legal superior. En este caso puede presentarse antes de la expiración del mismo.

Los extranjeros que pretendan solicitar asilo encontrándose ya en territorio español deben presentar su solicitud a través de la comparecencia personal ante la oficina de Asilo y Refugio, puestos fronterizos de entrada al territorio español, centros de internamientos de extranjeros, oficinas de extranjeros, Comisarías Provinciales de Policía o Comisarías de distrito que se señalen mediante Orden del Ministerio del Interior. Si se encuentra fuera de España, ante las  misiones Diplomáticas y Oficinas Consulares españolas en el extranjero.

La solicitud se formaliza con la cumplimentación y firma del correspondiente formulario por el solicitante, que debe describir minuciosamente los hechos, datos o alegaciones en que fundamente su pretensión. A dicha solicitud se deberá adjuntar: fotocopia de su pasaporte o título de viaje y cuantos documentos de identidad personal o de otra naturaleza estime pertinentes en apoyo de la misma.

Si el solicitante no aporta ningún tipo de documentación personal, debe justificar la causa de dicha omisión. Además, los solicitantes de asilo que se encuentran en territorio español tienen derecho a intérprete y asistencia judicial para la formalización de su solicitud y durante todo el trámite.

Finalmente, el solicitante indicará las personas que dependen de él o forman su núcleo familiar, especificando si solicita para ellas asilo por extensión. Si dichas personas se hallan en territorio español, deben comparecer personalmente con el solicitante, llevando su correspondiente documentación personal.

Para mayor información no dude en ponerse en contacto con nosotros.

Domenico Guarneri y Demetrio Romeo

807 464 712
abogadoslatinos.es
abogadosdeextranjeria.com

 

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LO STATUS DI RIFUGIATO:  
COME OTTENERE L’ASILO POLITICO

Alla fine del 2013 più di 45 milioni di persone sono state sfollate con la forza dai loro paesi d’origine, tre in più rispetto all’anno precedente. La metà dei rifugiati proviene da cinque stati colpiti dai conflitti armati : Afghanistan, Iraq, Somalia, Sudan e Siria .
Alla luce della Convenzione sullo statuto dei rifugiati di Ginevra a qualsiasi persona che temendo a ragione di essere perseguitato per motivi di razza, religione, nazionalità, appartenenza ad un determinato gruppo sociale o per le sue opinioni politiche, si trova fuori del Paese, di cui è cittadino e non può o non vuole, a causa di questo timore, avvalersi della protezione di questo Paese: oppure che, non avendo la cittadinanza e trovandosi fuori del Paese in cui aveva residenza abituale a seguito di tali avvenimenti, non può o non vuole tornarvi.
Così il richiedente deve dimostrare che è perseguitato nel suo paese d’origine.
Gli atti di persecuzione di cui sopra possono riguardare le seguenti modalità:
a) atti di violenza fisica o psichica, compresa la violenza sessuale;
b) misure legislative, amministrative, di polizia o giudiziarie che siano discriminatorie di per sé o che si applichino in modo discriminatorio;
c) negazione della tutela giuridica dalla quale derivino pene sproporzionate o discriminatorie
d ) atti sessuali che coinvolgano adulti o bambini.                        

Viene concesso il diritto alla proteziones sussidiaria nei casi in cui si producono danni gravi per:           
  condanna a morte;     
• tortura e trattamenti inumani o degradanti nel paese di origine del richiedente;
• minacce gravi contro la vita o l’integrità fisica dei civili causata da violenza indiscriminata in situazioni di conflitto di internazionale o interno.
La domanda di asilo in Spagna deve essere presentata entro un mese dalla data di ingresso, salvo nei casi in cui lo straniero gode di un periodo di soggiorno legale più lungo. In questo caso può verificarsi prima della scadenza.         
Gli stranieri che intendono chiedere asilo già trovandosi in territorio spagnolo devono presentare la richiesta personalmente presso l’Ufficio dei rifugiati, la dogana, centri di internamento per stranieri, “Oficinas de Extranjeros”, commissariato di polizia o le stazioni di polizia che sono designate con decreto del Ministero dell’Interno. Se si trovano al di fuori del territorio spagnolo, presso le missioni diplomatiche spagnole e gli uffici consolari all’estero.       
La domanda è presentata con il completamento e la firma del modulo da parte del richiedente, che deve accuratamente descrivere i fatti, dati o argomenti a sostegno di tale testimonianza. Alla richiesta deve essere allegata: copia del passaporto o documento di viaggio e gli altri documenti di identità personale o che ritenga opportuno a sostegno di essa.           
Se il richiedente non fornisce alcuna documentazione personale deve giustificare la ragione di tale omissione. Inoltre, i richiedenti asilo presenti nel territorio spagnolo hanno diritto a un interprete e di assistenza legale  per l’intero corso del procedimento.
Infine, il richiedente deve indicare le persone che dipendono da lui o la sua famiglia, specificando se chiedere asilo per estensione. Se queste persone si trovano in territorio spagnolo, devono presentarsi di persona con il richiedente, presentando la propria documentazione personale.
Per ulteriori informazioni non esitate a contattarci.         

            

D. Guarneri y D. Romeo

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