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JURA DE NACIONALIDAD ESPAÑOLA ANTE NOTARIOS

Según acuerdo de colaboración que fue suscrito día 2 de abril de 2013 entre Mº de Justicia y el Consejo General del Notariado se procedió a la encomienda de las juras de nacionalidad española a los notarios. Es una de las medidas del Plan Intensivo de expedientes de Nacionalidad Española. El Consejo General del Notariado ha habilitado la siguiente web (http://nacionalidad.notariado.org ) VER PROCESO de jura de nacionalidad ante notario

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El Gobierno dará la residencia a los extranjeros que compren viviendas en España

El Gobierno dará la residencia a los extranjeros que compren viviendas en España

Este plan obliga a Exteriores a agilizar los trámites de visado para aquellos extranjeros que lo necesitan para entrar en España y a simplificar los requisitos de entrada cuando no sea exigida la visa. García-Margallo, ministro de Exteriores ha explicado que se están acelerando los permisos de residencia para los extranjeros que adquieren propiedades inmobiliarias en España, viviendas cuyo destino es difícil de colocar sin demanda exterior.

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Consulta legal Renovacion de residencia con cambio de domicilio (empadronamiento)

Consulta legal Renovacion de residencia con cambio de domicilio (empadronamiento)

  Consulta legal:. Buenos dias. Acabo de registrarme a vuestro boletin, y quisiera hacer una consulta: Soy español, y mi novia guineana. Lleva mas de 6 años en España. Fue traida por su madre (arraigo) que tiene nacionalidad española. Hasta ahora ha venido renovando su residencia alegando medios de vida de su madre y empadronamiento con la madre (usando el reg. De la propiedad de la casa de su madre).

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Consulta Legal Conseguir la nacionalidad española por mis abuelos

Consulta Legal Conseguir la nacionalidad española por mis abuelos

Consulta legal: Hola mis abuelos por parte de madre nacieron en españa y querría sacar la ciudadanía española tengo los pasaportes originales cuando entraron al país pero llame a la embajada española y me dijeron que el plazo ya había vencido el 27 de diciembre del 2011.

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RENOVACIONES

 

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RENOVACIONES

Para renovación de tu permiso de residencia y trabajo, ésta debe ser realizada 60 días antes de la fecha de vencimiento de la autorización. También es posible presentar solicitud de renovación dentro de los 3 meses posteriores a la fecha de expiración, pudiendo haber, en este caso, sanciones de multa.

En ningún caso será renovado un permiso si ha sido solicitado una vez transcurridos más de tres meses desde el vencimiento. Tampoco será renovado el permiso si el extranjero ha residido fuera de España durante más de 6 meses de forma continuada.

La presentación de la solicitud de renovación se efectúa ante las Delegaciones de Gobierno de Madrid. Deberás añadir, junto con la solicitud en modelo oficial:

a) Copia del permiso de trabajo y residencia anterior.

b) Acreditación de la continuidad en la relación laboral, o nuevo contrato de trabajo u oferta de empleo, en el caso de trabajadores por cuenta ajena.

c) Si trabajas por cuenta ajena (contratado por un empleador), documentos acreditativos del alta y de la cotización del trabajador a la Seguridad Social.

d) Si trabajas por cuenta propia (has creado tu propia empresa, por ejemplo), la inscripción y cotización de la empresa así como del cumplimiento de las obligaciones fiscales.

e) Si te encuentras percibiendo prestación contributiva por desempleo, documentación que lo acredite.

f) Si estás recibiendo prestación económica asistencial de carácter público, documentación que lo acredite.

En el caso de haber cotizado menos de 6 meses por año, deberás acreditar que la relación laboral que dio lugar a la autorización que renuevas se interrumpió por causas ajenas a tu voluntad (por ejemplo, porque la empresa ha cerrado, porque el empleador no te ha renovado el contrato,…). En este caso, si posees contrato en vigor, se reduce el mínimo cotizado a 3 meses. Si presentas la solicitud de renovación en tiempo y forma, se prorroga la validez del permiso que pretendes renovar hasta que se resuelva el proceso. Las solicitudes de renovación deberán ser respondidas en un plazo máximo de 3 meses contados a partir del día siguiente a su presentación. Una vez notificada la resolución favorable, el extranjero deberá solicitar la tarjeta de residencia (TIE), en el plazo de 1 mes. Las renovaciones del permiso de residencia y trabajo tendrán una vigencia de 2 años, excepto aquellos extranjeros que hayan residido legalmente y de forma continuada en España durante un periodo de 5 años, en cuyo caso corresponde un permiso “permanente” o de larga duración con una vigencia de 5 años.

 

Te Gestionamos tu 1ª 2ª y 3ª Renovación.

Si por el contrario deseas gestionarla tú supervisamos tu documentación por un coste mínimo

 

 

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